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martes, julio 14, 2026

Congelan cuentas de ex jefe portuario

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Ciudad de México.- La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloqueó las cuentas bancarias del Contralmirante Víctor Manuel Ozuna Díaz, quien fue director general de Fomento y Administración Portuaria (DGFAP) de la Secretaría de Marina (Semar), en los dos últimos años del sexenio pasado.

Desde ese cargo, Ozuna ejerció el control corporativo sobre las Administradoras del Sistema Portuario Nacional (Asipona), es decir, de las 16 paraestatales a cargo de los principales puertos, que en 2021 fueron transferidas a la Semar desde la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

Las cuentas de Ozuna, según registros judiciales, fueron congeladas en el acuerdo 151/2026 de la UIF, lo que implica que existen sospechas sobre manejo de recursos de origen ilícito.

Hasta ayer, el Contralmirante, quien ocupó la Dirección General entre 2022 y 2024, no ha sido señalado públicamente por algún delito, mientras que los bloqueos de la UIF no necesariamente resultan en procesos penales por lavado de dinero.

 

Previo a la DGFAP, cuando todavía era Capitán de Navío, Ozuna fue Agregado Naval en la Embajada de México en Suecia, cargo que dejó en octubre de 2022 para ser ascendido poco después a Contralmirante. Se desconoce su posición actual en la Semar.

 

En la DGFAP, Ozuna también estuvo a cargo de la administración, vigilancia y control de acceso a decenas de puertos de menor importancia, que no están concesionados a las Asiponas.

 

 

El 1 de julio, Ozuna promovió una demanda de amparo, en la que solicitó la suspensión provisional para que le levantaran la orden de inmovilización de sus cuentas.

 

«Que se ordene a la UIF, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el levantamiento inmediato de la orden de inmovilización, retención, congelamiento y aseguramiento absoluto que pesa sobre la totalidad de mis cuentas bancarias, contratos de intermediación bursátil y fondos de pago electrónico, ordenando a las instituciones ejecutoras restablecer provisionalmente el ejercicio de mis derechos financieros, permitiéndome la libre disposición de mis recursos legítimos», reclamó.

 

 

Luz María Flores Alva, Jueza Tercera de Distrito en Materia Administrativa, admitió ayer el amparo y resolvió sobre la suspensión, que aparentemente fue negada, aunque el juzgado censuró el sentido de la resolución en la lista pública de notificaciones.

 

 

Este amparo, sin embargo, no fue promovido inmediatamente después del bloqueo, sino a consecuencia de un oficio de 16 de junio, en que el director general de Integración de la Lista de Personas Bloqueadas y Procedimientos de Garantía de Audiencia de la UIF habría rechazado tramitar, por extemporánea, la defensa que Ozuna intentó ante la propia Unidad.

 

Por tanto, el amparo cuestiona la constitucionalidad del artículo 116 Bis Dos de la Ley de Instituciones de Crédito, que da un plazo de solo cinco días hábiles a las personas bloqueadas para presentar su solicitud de audiencia para defenderse ante la UIF, contados a partir de que se les notifican las razones del bloqueo.