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viernes, mayo 22, 2026

Están libres otros dos secuestradores

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Chihuahua, Chih.- Los dos hombres que fueron detenidos y sentenciados junto a Édgar Herman Escárcega Valenzuela por secuestro, en dos distintos casos, también recibieron el beneficio de internamiento durante los fines de semana, de acuerdo con datos de la Fiscalía de Distrito Zona Centro (FDZC).

El titular de esta institución, Heliodoro Araiza, puntualizó que aunque los coimputados hayan recibido este beneficio, las circunstancias son distintas en cada caso, ya que el hermano de la magistrada Nancy Escárcega Valenzuela ha cumplido apenas con cinco años de su condena y no existen estudios de viabilidad de riesgos vigentes para sustentar una medida como la semilibertad.

Manuel Antonio Villalobos Cruz fue declarado penalmente responsable junto a Escárcega Valenzuela en dos causas: la 204/2005, por el secuestro de dos personas en junio de 2005 y la 226/2005, por otro plagio cometido ese mismo año.

Por el primer caso, el fallo condenatorio de 27 años de prisión quedó ratificado por la Quinta Sala Penal el 31 de octubre de 2007, dentro del toca 365/2006. No obstante, recibió la semilibertad el 13 de noviembre de 2013.

En cuanto a la segunda causa, fue sentenciado a 37 años de prisión en segunda instancia el 17 de julio de 2008, al igual que Édgar Herman. Sin embargo, desde el 15 de abril de 2024, el juez Gregorio Véliz Andrade le otorgó la prerrogativa de internamiento los fines de semana.

Por su parte, Rafael Ramón Cruz Chávez, sentenciado a 28 años de prisión dentro de la causa penal 226/2005, tiene beneficio de internamiento los fines de semana, otorgado 13 de noviembre de 2013 y habrá compurgado su condena el 25 noviembre de 2025.

Mientras que Escárcega Valenzuela, sentenciado inicialmente a 27 y 37 años de prisión, ha recibido diversos beneficios. En el primer caso le otorgaron la remisión parcial de la pena de 10 años y seis meses, por lo que terminó de purgar dicha condena en enero de 2020.

A partir de esa fecha comenzó a computarse su segunda sentencia de 37 años, por la cual buscó un amparo, logrando en enero de 2024 la remisión de la pena en tres años y ocho meses para tener fecha de egreso de la cárcel el 26 de diciembre de 2048.

Posteriormente, en marzo de 2024 fue trasladado del Centro Estatal de Reinserción Social (Cereso 1), de Aquiles Serdán, al penal federal número 14 de Durango al considerar la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, Prevención y Reinserción Social la existencia de un “riesgo objetivo” tanto para la integridad y salud de la persona privada de la libertad, como para la seguridad o gobernabilidad del centro penitenciario.

Para noviembre de 2024 un juez federal le otorgó un amparo para dejar insubsistente la audiencia donde habían reducido su condena en tres años y ocho meses y ordenar la celebración de un nuevo procedimiento en el que emitiera otra resolución.

A raíz de esto, el 3 de marzo de este año, un juez le otorga nuevamente la remisión de la pena, determinando como fecha probable de compurgación el 30 de marzo de 2050.

Sin embargo, pese a esta resolución, el 18 de septiembre, el juez Juan Carlos Erives Fuentes dejó insubsistente la audiencia previa y le dio el tratamiento de semilibertad por el que debe internarse en el penal el viernes a las 8 de la noche y salir los domingos a las 8 de la noche, lo que repetirá hasta el 30 de marzo de 2050.

Al respecto, Heliodoro Araiza manifestó que la Fiscalía hizo valer diversos argumentos en la apelación que fue presentada para buscar la revocación de la prerrogativa otorgada a Escárcega, mismos que incluso fueron expuestos por el Ministerio Público desde la audiencia, pero el juez no los tomó en cuenta para tomar su decisión.

Para el fiscal de Distrito, existen condiciones diferentes en los casos de los tres sentenciados, como el tiempo que ya habían cumplido en reclusión, el riesgo que su egreso representa e incluso cuestiones de salud que justificaban la concesión del internamiento parcial a dos de ellos.

No obstante, dijo, en el caso de Édgar Herman sólo han trascurrido cerca de cinco años de la pena de 30 que resultó de las remisiones otorgadas. Además, la propia autoridad penitenciaria realizó su traslado a otro centro de reinserción por considerarlo riesgoso, en tanto que el estudio de viabilidad presentado por la defensa al juez Erives carecía de vigencia pues fue realizado el 16 de enero de 2024.