Los diputados que integran la Sexagésima Quinta Legislatura en el Congreso del Estado, expidieron la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro del Estado de Chihuahua, la cual se creó con la finalidad de contar con un ordenamiento jurídico que ayude a estimular y despertar el gusto por la lectura y escritura en la población.
La diputada Maribel Antonieta Mendoza, Presidenta de la Comisión de Educación y Cultura, expuso en tribuna que, luego de la información recabada en las mesas de trabajo que se celebraron en conjunto con la Secretaría de Cultura, la Secretaría de Educación y Deporte y la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Chihuahua, se logró conformar el articulado de esta ley.
Informó que la ley contiene 27 artículos, divididos en 7 capítulos que establecen los procedimientos y particularidades por las cuales se habrá de fomentar la lectura dentro del Estado de Chihuahua.
El capítulo I, establece las disposiciones generales, los objetos, garantías; además un glosario de terminología utilizada para la redacción de la misma y las obligaciones que se compromete a cumplir.
El capítulo II, por su parte, establece las autoridades responsables para la debida aplicación de la ley, así como las atribuciones de cada una de estas.
El capítulo III, se refiere a todo lo relacionado con el Consejo Estatal, su creación, como se integra y las atribuciones que dicho Consejo tendrá que llevar a cabo.
El capítulo IV de la ley, establece las coordinaciones con instancias municipales y organismos nacionales.
Lo relacionado con el Programa Estatal de Fomento a la Lectura y el Libro, se encuentra definido en el capítulo V.
El capítulo VI, contempla la disponibilidad y acceso equitativo al libro.
Capítulo VII, determina las estrategias y responsabilidades de los medios de comunicación en lo relacionado al fomento de la lectura y el libro.
Con esto, los legisladores del Congreso del Estado, buscan implementar este hábito, especialmente en los jóvenes de Chihuahua.














