Los comercios y prestadores de servicios registrados como Empresas de la Frontera podrán seguir importando determinadas mercancías con aranceles preferenciales hasta el 31 de diciembre de 2030. El esquema iba a terminar este próximo 30 de septiembre.
Renovados automáticamente
La presidenta Claudia Sheinbaum firmó y emitió el ‘DECRETO por el que se modifica el diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte’, publicada en el Diario Oficial de la Federación, que también renueva automáticamente los registros que se encuentren vigentes.
Sus titulares no necesitan presentar una solicitud ante la Secretaría de Economía para obtener la prórroga.
El beneficio permite que ciertos productos entren a la región fronteriza sin pagar el impuesto general de importación o con una tasa reducida. Esto puede disminuir los costos de abastecimiento de los negocios, aunque no implica una rebaja automática en los precios al público.
En el estado de Chihuahua, el régimen se aplica a la franja de 20 kilómetros contados desde la frontera con Estados Unidos, beneficiando a Ciudad Juárez y oras localidades.
No se extiende a todo el estado ni a Chihuahua capital.
¿Cómo funciona el régimen fronterizo?
Para utilizarlo, el importador debe contar con un registro como Empresa de la Frontera expedido por la Secretaría de Economía y realizar alguna de las actividades previstas en el decreto.
Entre ellas están el comercio, los restaurantes, los hoteles y diversos servicios médicos, educativos, recreativos y empresariales.
El beneficio depende de la clasificación arancelaria de cada mercancía. El decreto contempla productos que no pagan el impuesto general de importación, otros que pagan una tasa del 5 por ciento y algunos cuya exención está sujeta a un cupo anual. La prórroga no significa, por tanto, que cualquier producto pueda importarse sin arancel.
Las mercancías introducidas bajo este esquema deben consumirse o venderse dentro de la franja o región fronteriza correspondiente. Las empresas también deben estar inscritas en el Padrón de Importadores, presentar su registro con el pedimento y cumplir las demás regulaciones y contribuciones aplicables.
La reforma, vigente desde este 26 de septiembre, cambia la fecha de vencimiento del decreto del 30 de septiembre de 2026 al 31 de diciembre de 2030.
No establece nuevas tasas ni agrega mercancías a las listas de productos beneficiados. La renovación automática corresponde únicamente a los registros que estén vigentes.
















